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Contrata ahora tu seguro GENERALI Accidentes Complet para Autónomos

Contrátalo de la manera que más te guste

Las mejores coberturas:

 

  • Invalidez Permanente Parcial y Absoluta
  • Incapacidad Temporal
  • Asistencia en Viaje
  • Fallecimiento

 

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Seguro de Accidentes para autónomos

Tanto tu tranquilidad como tu seguridad son lo más importante, por ello te ofrecemos la mejor solución: GENERALI Accidentes Complet. Se trata del seguro de accidentes de GENERALI pensado también para autónomos y diseñado para dar una respuesta eficaz a las necesidades económicas que surgen tras un accidente.

 

El Seguro GENERALI Accidentes Complet  te garantiza el capital asegurado que aportará tranquilidad económica para ti y tu familia en caso de sufrir un accidente. Nuestro seguro de accidentes posee amplias coberturas en caso de fallecimiento e invalidez permanente por accidente, así como un gran número de garantías que podrás escoger en función de tu situación concreta: asistencia personal, cirugía estética, o asistencia en viaje.

¿Por qué contratar nuestro seguro GENERALI Accidentes Complet?

Garantías incluidas
  • Fallecimiento

  • Invalidez permanente parcial y absoluta

Capitales
  • Incapacidad temporal

  • Asistencia sanitaria por accidente

  • Hospitalización por accidente

  • Cirugía estética 

  • Asistencia personal

  • Asistencia en Viaje

SERVICIOS

Coberturas

Fallecimiento por Accidente

 

Garantizamos el pago de un capital si la persona asegurada falleciera a causa de un accidente.

Además, esta garantía también incluye:

  • Servicio de gestoría: gestión de los trámites necesarios que el beneficiario tenga que realizar frente a diferentes entidades u organismos públicos. Por ejemplo: obtención de documentación oficial referente al fallecimiento, o tramitación para la obtención de las pensiones públicas de viudedad u orfandad que corresponda otorgar a la Seguridad Social.

  • Anticipo de gastos de sepelio: Te garantizamos un anticipo para hacer frente a los gastos de sepelio y los primeros gastos de entierro.

  • Agresión de terceros: Cubre una prestación adicional en caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de una agresión por parte de terceros (atraco, secuestro, etc.).

  • Prestación cónyuge superviviente: Te garantiza que, desde el fallecimiento de la persona asegurada, y hasta el más próximo vencimiento anual de la póliza, el cónyuge superviviente quedará automáticamente asegurado por el mismo capital.

  • Prestación a ambos cónyuges: En caso de fallecimiento simultáneo de ambos cónyuges, se incrementarán en un 100 % el importe de las prestaciones debidas a aquellos beneficiarios que sean hijos de ambos cónyuges y que además sean menores de 18 años; o bien, estén afectados por una invalidez absoluta y permanente para cualquier actividad profesional.

     

Invalidez Permanente por Accidente

 

Garantiza el pago de un capital en caso de invalidez permanente absoluta o parcial de la persona asegurada.

Esta garantía también incluye adicionalmente las siguientes:

  • Agresión de terceros: te garantiza un capital adicional en caso de invalidez permanente del asegurado a consecuencia de una agresión por parte de terceros (atraco, secuestro, etc.).

  • Prótesis ortopédicas: te garantiza un capital para los gastos de implantación de las primeras prótesis de cadera o internas traumatológicas como consecuencia de un accidente.

  • Prestación al cónyuge: en caso de que la persona asegurada haya sufrido un accidente y como consecuencia, se declare la invalidez absoluta, el cónyuge de la persona asegurada quedará automáticamente asegurado por el mismo capital, desde la determinación de la invalidez hasta el más próximo vencimiento de la póliza.

  • Prestación a ambos cónyuges: en caso de invalidez permanente absoluta simultánea de ambos cónyuges, se incrementarán en un 100% el importe de las prestaciones debidas a aquellos beneficiarios que sean hijos de ambos cónyuges y que además sean menores de 18 años, o bien estén afectados por una invalidez absoluta y permanente para cualquier actividad profesional.

  • Habilitación de vivienda y automóvil

     

Garantías Complementarias

 

GENERALI Accidentes Complet te ofrece la posibilidad de contratar, opcionalmente, las siguientes garantías: Fallecimiento e invalidez permanente por infarto de miocardio o accidente cerebro-vascular: Quedan incluidas dichas afecciones como causa de fallecimiento o invalidez permanente absoluta.

  • Ampliación de la cobertura por accidente de circulación: Te garantiza un capital adicional para el caso de fallecimiento o invalidez permanente absoluta por accidente de circulación.

  • Capitales adicionales por invalidez permanente absoluta: Indemnización de hasta un 400 % adicional al capital base de invalidez.

  • Capital adicional en caso de invalidez permanente total: Te garantiza un capital adicional independiente al que ya corresponda según el baremo de invalideces parciales contemplado en la póliza; en el caso que por la Seguridad Social u organismo competente se te otorgue una invalidez permanente total, entendiendo como tal, la que te inhabilite totalmente el desempeño de tu profesión habitual.

  • Gran invalidez: te garantiza, en caso de gran invalidez por accidente, un capital adicional equivalente al 50 % del capital de invalidez permanente contratado.

 

Garantías Opcionales

 

  • Incapacidad temporal por accidente: Te garantiza el pago de un capital diario en caso de que no pudieras ejercer tu profesión temporalmente por causa de un accidente. Puedes recibir la indemnización desde el primer día o establecer franquicias de 7, 14 ó 30 días. A más alta la franquicia, menor será el precio de la prima.
  • Ayuda al pago de la cuota de autónomo:Te garantiza el pago de una cantidad mensual para que puedas efectuar los pagos por ese concepto a la Seguridad Social.
  • Asistencia sanitaria por accidente: Te garantiza el pago de los gastos de asistencia médica, farmacéutica, de hospitalización, de traslado, de tratamientos y de rehabilitación que precises a consecuencia de un accidente. Su contratación es opcional y existen dos modalidades:
    • En centros médicos recomendados por el asegurador hasta una cuantía limitada.
    • En centros médicos elegidos libremente por el asegurado hasta la cuantía que figure contratada (máximo 12.000 €).

 

 

 

Se cubren los gastos debidos a las primeras prótesis dentarias, aparatos acústicos, ortopédicos, gafas y lentes de contacto que sean indispensables a consecuencia de accidente cubierto por la póliza.

  • Hospitalización por accidente o enfermedad: Te garantiza el pago de un capital diario desde el primer día para el caso de internamiento del asegurado en un hospital por causa de un accidente. La indemnización será el doble de la contratada durante la estancia en UVI / UCI.

 

  • Cirugía estética: Te garantiza la cobertura de los gastos médicos, honorarios profesionales, estancia y manutención originados por la cirugía estética para corregir la superficie corporal dañada o deformada como consecuencia de un accidente.
  • Asistencia personal: si como consecuencia de un accidente ocurrido en España y cubierto por la póliza debiera permanecer hospitalizado un mínimo de 24 h. se garantiza mediante esta garantía se garantizan las siguientes coberturas en caso que la persona/s asegurada/s falleciera/n o sufriera/n algún daño cubierto en la póliza:
    • Gastos de transporte o repatriación del asegurado y familiares.
    • Gastos de estancia en el hospital u hotel del acompañante.
    • Gastos de salvamento.

 


Además, en caso de necesitarlo tras el periodo de hospitalización o convalecencia, GENERALI se hará cargo de facilitar lo siguientes servicios.

  • Personal de limpieza a domicilio.

  • Profesionales sanitarios a domicilio.

  • Cuidado de hijos menores de 10 años, minusválidos o ascendientes mayores de 70 años con dependencia de la persona asegurada.

  • Farmacia de guardia.

  • Asistencia veterinaria en caso de accidente del animal doméstico de la familia.

  • Asesoramiento jurídico.

     

 

Asistencia en viaje : Además de las prestaciones incluidas en cuanto a la Asistencia personal y entre otras, en el extranjero se garantiza:

 

  • Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos.

  • Transporte o repatriación de la persona asegurada.

  • Regreso anticipado de la persona asegurada por fallecimiento de un familiar.

  • Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.

  • Gastos para tratamientos odontológicos de urgencia en el extranjero.

  • Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero.

  • Transporte o repatriación de fallecidos y de los asegurados acompañantes.

  • Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales.

  • Envío de medicamentos, documentos y objetos personales al extranjero.

  • Transmisión de mensajes urgentes al extranjero.

  • Servicios de Información en España y en el Extranjero sobre salud, ocio, o relacionada con el automóvil.

  • Servicios de Asesoramiento Jurídico, traducción.

Ventajas

Tú siempre ganas

  • Posibilidad de cobrar la indemnización por fallecimiento o invalidez en forma de renta.

Garantías gratuitas

  • Este seguro de accidentes te ofrece 18 sub-garantías gratuitas que completan las 10 garantías básicas.

Nos adaptamos

  • GENERALI Accidentes Complet se adapta totalmente a ti en garantías, capitales, modalidades, franquicias y ¡mucho más!

Fiscalidad

Tratamiento fiscal privilegiado

  • En caso de fallecimiento del Asegurado los beneficiarios tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

  • En caso de invalidez, el Asegurado tributa por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como rendimiento del capital mobiliario.

  • Aquellas contingencias distintas de la invalidez tributarán en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial. 

  • La cobertura de asistencia sanitaria está exenta de tributación.

Preguntas frecuentes

¿Por qué necesito un seguro de accidentes?

Porque mediante un seguro de accidentes tendrás una cobertura económica eficiente frente a la contingencia de un accidente.

¿Quién puede asegurarse?

Personas con edades comprendidas entre 0 y 60 años en el momento de la contratación. La garantía de fallecimiento no es contratable para menores de 14 años.

¿Puedo cobrar las prestaciones en forma de renta?

Las prestaciones de fallecimiento e invalidez permanente pueden ser cobradas en forma de capital o renta mensual una vez determinada la indemnización.

¿Qué cobertura me ofrece?

Puedes elegir entre 2 tipos de coberturas: 24 horas y Profesional.

¿Cuánto dura un seguro de accidentes?

Puedes quedar cubierto por fallecimiento e invalidez permanente por accidente hasta los 70 años.

¿Cómo se mantienen actualizadas las coberturas del seguro?

Los capitales contratados pueden quedar fijos durante la duración del contrato o ir creciendo anualmente según la variación del IPC o de un porcentaje que tu elijas.

¿Cómo evolucionan las primas?

En caso de no existir un crecimiento anual de capitales, pagarás lo mismo cada año. Si los capitales crecen en función de un porcentaje, la prima crecerá en esa proporción.

¿Qué documentación se debe adjuntar en caso de invalidez permanente?

Dictamen-Propuesta del E.V.I. 

  • Resolución íntegra de INSS reconociendo la situación de invalidez. 
  • En caso de accidente laboral o enfermedad profesional: certificado de la Mutua aceptando la resolución del INSS. 
  • Sentencia judicial firme (sustituye a los documentos anteriores). 
  • Copia del DNI del asegurado. 
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria si desea pago por transferencia. 
  • Historial médico de las patologías padecidas por el asegurado, incluyendo indicación expresa de la fecha de diagnóstico de cada una. 
  • En caso intervención de la autoridad judicial: Diligencias judiciales completas. 
  • Pólizas colectivas de empresa innominadas: TC2 correspondiente a la fecha del siniestro.

¿Qué documentación se debe adjuntar en caso de incapacidad laboral o profesional si tengo suscrita esta garantía en una póliza de vida o accidentes?

Informe médico sobre la patología que motiva la incapacidad temporal profesional, especificando fecha de inicio de la misma, fecha de diagnóstico, pruebas y tratamiento realizado hasta la fecha. 

  • Parte de baja de la Seguridad Social.
  • Informe de Vida Laboral a fecha actual expedido por la Tesorería de la Seg. Social.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria si desea pago por transferencia y difiere de la que conste en la base de datos de la póliza. 

¿Qué hacer en caso de siniestro si se ha contratado una póliza de accidente?

Comunicarnos la ocurrencia del siniestro lo más rápidamente posible, y en todo caso dentro de un plazo máximo de siete días.

¿Cómo comunicar un siniestro de accidente?

Los siniestros de Vida o Accidente no se pueden declarar por teléfono. Se pueden declarar a través de su mediador o bien remitiendo la documentación necesaria a la dirección personales.vya.es@generali.com  indicando el número de póliza. En caso de siniestro de Accidentes se debe manifestar con el mayor detalle posible la forma de ocurrencia del siniestro. También se puede declarar y realizar seguimiento de su siniestro a través de internet: www. generali.es si se ha registrado en la opción MI GENERALI.

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