SERVICIOS
Consorcio de Compensación de Seguros
Indemnizaciones de siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España
AVISO A LOS ASEGURADOS
Cláusulas de coberturas por el Consorcio de Compensación de Seguros de los riesgos extraordinarios a insertar con carácter obligatorio en las pólizas de seguro ordinario.
BOE Sábado 4 de Junio 2016
(PDF 320KB)
¿Qué es el Consorcio de Compensación del Seguro?
Se trata de un Organismo Público vinculado a la Administración Central del Estado, encargado de afrontar aquellas indemnizaciones de siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España.
¿Qué situaciones o riesgos cubre el Consorcio de Compensación?
Las indemnizaciones derivadas de siniestros producidos por acontecimientos extraordinarios acaecidos en España y que afecten a riesgos en ella situados serán pagadas por el Consorcio de Compensación si se produjera alguna de las siguientes situaciones:
A) Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación de Seguros no esté amparado por la póliza de seguro contratada con la entidad aseguradora.
A.1.- Fenómenos de la naturaleza; terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica, vientos cuyas ráfagas sean superiores a 120 Km./h, tornados y caídas de meteoritos.
A.2.- Actos de terrorismo, rebelión, sedición, motín o tumulto popular.
A.3.- Hechos o actuaciones de las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad.
B) Que, aún estando amparado por dicha póliza de seguro, las obligaciones de la entidad aseguradora no pudieran ser cumplidas por haber sido declarada judicialmente en concurso o por estar sujeta a un procedimiento de liquidación intervenida o asumida por el Consorcio de Compensación de Seguros.
¿Cómo contacto con el Consorcio de Compensación?
Existen dos vías de contacto:
1. Telefónico en el Tel. 900 22 26 65
2. Email ccs@consorseguros.es
3. A través de su pagina Web www.consorseguros.es
He tenido cuantiosos daños en mi vivienda causados por una riada ¿lo ampara mi seguro?
El Consorcio de Compensación de Seguros procede a dar cobertura a los daños ocasionados por acontecimientos extraordinarios, como por ejemplo terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas (vientos superiores a 120 km. /h), e incluso terrorismo y actuaciones de las fuerzas armadas en tiempos de paz.