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Seguros de accidentes familiar

Protege lo más valioso

Diséñalo a tu medida
  • Invalidez permanente parcial y absoluta
  • Asistencia personal y en viaje
  • Fallecimiento

 

Descubre las ventajas de GENERALI Accidentes Familiar

GENERALI Accidentes Familiar es el seguro de accidentes de GENERALI que te garantiza además del capital asegurado a abonar en el momento del accidente, una prestación en forma de renta mensual creciente anualmente, que te permitirá disponer de una gran tranquilidad económica, incluso mucho tiempo después del percance.

 

Nuestro seguro de Accidentes Familiar está basado en módulos cerrados que incluyen coberturas en caso de fallecimiento, invalidez permanente parcial y absoluta y hospitalización por accidente, así como servicios de asistencia personal y asistencia en viaje.

 

GENERALI Accidentes Familiar te ofrece la posibilidad de contratar cualquiera de los tres módulos de capital preestablecidos e incluir en una sola póliza a tu unidad familiar, con importantes descuentos en función del número de asegurado.

Si eres cliente de nuestro seguro de accidentes y necesitas ayuda

Todas las coberturas del Seguro de Accidentes Familiar de GENERALI

Asegurados con actividad laboral:

Fallecimiento por accidente

Garantiza el pago de:

 

  • Un capital de hasta 90.000€ si el asegurado falleciera a causa de un accidente.
  • Una renta mensual de hasta 900€ durante un plazo de 10 años.

Servicio de gestoría

  • En caso de fallecimiento a causa de un accidente, este servicio se encarga de la gestión de los trámites necesarios que el beneficiario tenga que realizar con entidades u organismos públicos, como la obtención de documentación oficial referente al fallecimiento o la tramitación de las pensiones públicas, de viudedad u orfandad, que corresponda otorgar a la Seguridad Social.

Ivalidez permanente por accidente

Garantiza el pago de:

 

  • Un capital de hasta 90.000€ en caso de invalidez permanente absoluta o parcial del asegurado.
  • Una renta mensual de hasta 1.800€ durante un plazo de 5 años.

Hospitalización por accidente

  • Te garantiza el pago de un capital diario desde el primer día para el caso de internamiento del Asegurado en un hospital a causa de un accidente. La indemnización será el doble de la contratada durante la estancia en UVI / UCI.

Asistencia personal y servicios a domicilio

En caso de un accidente con hospitalización ocurrido en España, se garantizarán:

 

  • Gastos de transporte o repatriación del asegurado y familiares.
  • Gastos de estancia en el hospital u hotel del acompañante.
  • Gastos de salvamento.
  • Servicios de limpieza.
  • Personal sanitario.
  • Cuidado de menores de 10 años y mayores de 70 dependientes.
  • Búsqueda y entrega de medicamentos en horario nocturno.
  • Aistencia veterinaria para perros y gatos.
  • Aasesoramiento jurídico.

 

Asistencia en viaje (Opcional)

  • Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos.
  • Transporte o repatriación de la persona asegurada.
  • Regreso anticipado de la persona asegurada por fallecimiento de un familiar.
  • Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.
  • Gastos para tratamientos odontológicos de urgencia en el extranjero.
  • Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero.
  • Transporte o repatriación de fallecidos y de los asegurados acompañantes.
  • Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales.
  • Envío de medicamentos, documentos y objetos personales al extranjero.
  • Transmisión de mensajes urgentes al extranjero.
  • Servicios de Información en España y en el extranjero sobre salud, ocio, o relacionada con el automóvil.
  • Servicios de asesoramiento jurídico, traducción.
HIJOS MENORES DE 23 AÑOS SIN ACTIVIDAD LABORAL:

    Fallecimiento por accidente

    Garantiza el pago de:

     

    • Un capital de hasta 3.000 €, en concepto de gatos de sepelio, si el asegurado falleciera a causa de un accidente.

    Servicio de gestoría

    • En caso de fallecimiento a causa de un accidente, este servicio se encarga de la gestión de los trámites necesarios que el beneficiario tenga que realizar con entidades u organismos públicos, como la obtención de documentación oficial referente al fallecimiento o la tramitación de las pensiones públicas, de viudedad u orfandad, que corresponda otorgar a la Seguridad Social.

    Ivalidez permanente por accidente

    Garantiza el pago de:

     

    • Un capital de hasta 90.000 € en caso de invalidez permanente absoluta o parcial del asegurado.
    • Una renta mensual de hasta 2.700 € durante el plazo de 5 años.

    Asistencia en viaje (Opcional)

    • Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos.
    • Transporte o repatriación de la persona asegurada.
    • Regreso anticipado de la persona asegurada por fallecimiento de un familiar.
    • Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.
    • Gastos para tratamientos odontológicos de urgencia en el extranjero.
    • Gastos de prolongación de estancia en un hotel en el extranjero.
    • Transporte o repatriación de fallecidos y de los asegurados acompañantes.
    • Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales.
    • Envío de medicamentos, documentos y objetos personales al extranjero.
    • Transmisión de mensajes urgentes al extranjero.
    • Servicios de Información en España y en el extranjero sobre salud, ocio, o relacionada con el automóvil.
    • Servicios de asesoramiento jurídico, traducción.

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    • Garantías específicas para gran invalidez.
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    Preguntas frecuentes

    ¿Por qué necesito un seguro de Accidentes Familiar?

    Porque tendrás una cobertura económica eficiente para toda la familia frente a la contingencia de un accidente a alguno de sus miembros

    ¿Quién puede asegurarse?

    Personas con edades comprendidas entre 18 y 60 años en el momento de la contratación e hijos menores de 23 años sin actividad laboral o estudiantes.

    ¿Qué cobertura me ofrece?

    Profesional y 24h.

    ¿Cuánto dura un seguro de accidentes?
    • Te garantiza la cobertura por fallecimiento e invalidez permanente por accidente hasta los 70 años.
    • En caso de hijos menores sin actividad profesional el seguro cesará a los 23 años.
    • Para estudiantes, la edad de permanencia en sitúa en 30 años.
    ¿Cómo se mantienen actualizadas las coberturas del seguro?

    Los capitales contratados pueden quedar fijos durante la duración del contrato o ir creciendo anualmente según la variación del IPC o de un porcentaje elegido por el asegurado. Con independencia de ello, las rentas por fallecimiento o invalidez crecerán de forma acumulativa un 3% anual.

    ¿Cómo evolucionan las primas?

    En caso de no existir un crecimiento anual de capitales, pagarás lo mismo cada año. Si los capitales crecen en función de un porcentaje, la prima crecerá en esa proporción.

    ¿Qué fiscalidad aplica?
    • En caso de fallecimiento del Asegurado los beneficiarios tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
    • En caso de invalidez, el Asegurado tributa por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como rendimiento del capital mobiliario.
    • Aquellas contingencias distintas de la invalidez tributarán en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial.
    • La cobertura de asistencia sanitaria está exenta de tributación.
    ¿Cuál es la edad de permanencia?

    Para estudiantes la edad de permanencia se sitúa en 30 años.

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