GENERALI Plan de Pensiones Individual
Jubílate con tranquilidad
Podrás disfrutar de:
- Complementar tu pensión de jubilación
Ajustarlo en función de tu capacidad de ahorro
Obtener las mejores ventajas fiscales en tus aportaciones
Tu Ruta Financiera
En este episodio de nuestro podcast te explicamos el concepto de salud financiera y sacamos un tema que preocupa a muchos, la jubilación de los autónomos.
Descubre las ventajas del Plan de Pensiones Individual de GENERALI
GENERALI PPI (Plan de Pensiones Individual) te permite crear un ahorro que podrá complementar a tu pensión de jubilación de la Seguridad Social, llegado el momento. Además, mediante las aportaciones que realices anualmente a tu Plan, podrás disfrutar de las mejores ventajas fiscales en la actualidad. Porque tu jubilación es lo suficientemente importante para que puedas vivirla sin preocupaciones.
Contrata tu Plan de Pensiones Individual con GENERALI
Asegurar tu futuro y el de tu familia es una cuestión fundamental en la que GENERALI, especialista en soluciones para la jubilación, puede ayudarte a encontrar la fórmula que mejor se adapta a tus necesidades. Además, al contratar un Plan de Pensiones con GENERALI, contarás con el área MI GENERALI, un área privada donde podrás visualizar, consultar y gestionar tu plan cómodamente y de manera online.
Solicita ya tu Presupuesto de nuestro Plan de Pensiones Individual y tu Agente se pondrá en contacto contigo. Si no dispones de un Agente, consulta nuestra Red de Oficinas y elige el más cercano a tu domicilio. ¡Empieza a formar parte de la gran familia GENERALI!
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Preguntas frecuentes
Los Planes de Pensiones se configuran como instituciones de previsión voluntaria y libre, cuyas prestaciones de carácter privado pueden o no ser complemento del sistema de la Seguridad Social, al que en ningún caso sustituyen.
El Plan de Pensiones se instrumenta contractualmente como una eficaz fórmula para la constitución de un ahorro que se traducirá, a largo plazo (normalmente a la jubilación), en el derecho económico por parte de la persona en cuyo favor se constituyen, a la percepción de unas rentas o capitales por Jubilación, Incapacidad, Fallecimiento, Dependencia Severa o Gran Dependencia.
Por su parte, el Fondo de Pensiones es el que canaliza ese ahorro. Constituye un patrimonio separado e independiente, carente de personalidad jurídica, en el que se integran los distintos Planes de Pensiones adscritos.
Los Fondos de Pensiones son administrados por una Entidad Gestora con el concurso de una Entidad Depositaria (Entidades Financieras de Depósito).